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  1. El Banco de España obliga a las personas físicas y jurídicas a comunicar a dicha entidad sus transacciones económicas y saldos de activos y pasivos financieros con el exterior. En cuanto a los límites, es importante tener en cuenta que no existe obligación de presentar la declaración para el caso de que el importe no supere el millón de euros , salvo requerimiento expreso del Banco de ...

  2. O DE ESPAÑA – Circular 4/2012 (Formulario ETE)Les recordamos que durante el mes de enero mediante circular del Banco de España 4/2012, se estableció la obligación periódica de comunicar por los residentes en España información respecto de las transacciones económicas y saldos. e realicen transacciones con un no residente; óQue mantengan.

  3. La Central de Información de Riesgos ( CIR) es un servicio público que gestiona una base de datos en la que constan, prácticamente, todos los préstamos, créditos, avales, y riesgos en general que las entidades financieras tienen con sus clientes. Los datos que constan en la CIR son un reflejo de los que tienen las entidades sobre sus ...

  4. Petición de información declarada al Banco de España (Circular 4/2012) ES_BDE_C528_P182; Presentación por los residentes en España de las declaraciones sobre las transacciones económicas y los saldos de activos y pasivos financieros con el exterior (formulario ETE) ES_BDE_C528_P158; Reclamaciones y defensa de la clientela bancaria

  5. Los Registros de Entidades ofrecen los datos identificativos de las entidades (43 KB) supervisadas por el Banco de España o por el Banco Central Europeo, en el marco del Mecanismo Único de Supervisión.. Asimismo se incluye información sobre las actividades que están autorizadas a realizar algunos tipos de entidades. La información disponible incluye datos actuales e históricos ...

  6. Este servicio, operativo inicialmente en 8 Estados de la Unión Europea, entre ellos España, facilita que las transferencias, nacionales y transfronterizas, se hagan en menos de 10 segundos, hasta un límite de 100.000 euros Abre en ventana nueva por operación (antes del 1 de julio de 2020, este límite era de 15.000 euros por operación).

  7. El Banco de España vela por la buena relación entre los ciudadanos y las entidades financieras, por ello supervisa la conducta de las entidades para garantizar que actúan de manera ética y responsable; elabora normativas que promueven la transparencia y la protección de los derechos de los clientes; responde a consultas y gestiona reclamaciones de los usuarios y fomenta la educación ...