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  1. Identificación y Análisis de expectativas de usuarios de los sistemas de salud y servicios sociales de Aragón; Alfabetización en salud; Informes de quejas y sugerencias; Estadísticas Salud Informa; Listas de espera. Gobierno de Aragón; Atlas de Salud de Aragón; Gestiones y Carpeta de Salud Submenú e1_8: Gestiones y Carpeta de Salud

  2. El horario de atención en el resto de Centros de Salud es el siguiente: Horario habitual de lunes a viernes de 8.00 a 17.00 horas. Horario de atención continuada: Lunes a viernes: de 17.00 a 8 horas del día siguiente. Sábados, domingos y festivos: las 24 horas del día. Servicios de urgencia hospitalarios.

  3. Salud Informa - Gestion de Tarjeta. Tarjeta Sanitaria / PIN / SMS. USTED PUEDE: Consultar sus datos. Modificar su PIN. Modificar envío de SMS. Solicitar nueva tarjeta. Salud informa.

  4. Aportación económica en la prestación farmacéutica. Nuevo modo de aportación farmacéutica de los pensionistas. A partir del día 1 de diciembre de 2015 los pensionistas aragoneses no tendrán que realizar aportaciones a su prestación farmacéutica ambulatoria que superen los topes mensuales establecidos, siempre que utilicen el sistema ...

  5. La prestación económica por incapacidad temporal trata de cubrir la falta de ingresos que se produce cuando el trabajador, debido a una enfermedad o accidente, está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Esta prestación económica está incluida dentro de la acción protectora del ...

  6. 28 de mar. de 2005 · Salud Bucodental correspondiente del SALUD. En los casos de que algunos de estos servicios no pudieran ser prestados en dichas Unidades, se procederá a la derivación de los niños para la dispensación de los tratamientos concretos que el niño precise. Una vez prestado el tratamiento, el menor permanecerá para la atención básica en la Unidad

  7. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Real Decreto 1093/2010, de 3 de septiembre, por el que se aprueba el conjunto mínimo de datos de los informes clínicos en el Sistema Nacional de Salud.

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