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  1. 18 de dic. de 2023 · Artículo 112.-. Temeridad o mala fe. 1.-. Cuando sea manifiesta la carencia de fundamento jurídico de la demanda, contestación o medio impugnatorio; 2.-. Cuando a sabiendas se aleguen hechos contrarios a la realidad; 3.-. Cuando se sustrae, mutile o inutilice alguna parte del expediente; 4.-.

  2. El principio de que la mala fe debe ser probada viene a ser general y se corresponde, en cierto modo, con el principio de presunción de inocencia. Afirma el art. 434 CC: La buena fe se presume siempre, y al que afirma la mala fe de un poseedor corresponde la prueba. (Civil) Mala fe significa malicia. La expresión "de mala fe" equivale a "con ...

  3. La mala fe es una forma de mentira, un engaño que las personas se hacen a sí mismas y que acaban creyéndose. Sartre trata de exponer su idea de forma más clara distinguiendo entre dos tipos de mentira cotidianas. Una de ellas la podríamos llamar “mentira a secas”. Esta es la conducta típica de engañar a los demás, de tergiversar o ...

  4. 14 de ago. de 2023 · La temeridad y la mala fe son conceptos jurídicos que tienen especial relevancia en el ámbito de la jurisprudencia civil. Estos términos hacen referencia a la conducta negligente o maliciosa de una de las partes en un proceso judicial, y pueden tener importantes implicaciones en la resolución del caso.. Exploraremos en profundidad qué se entiende por temeridad y mala fe en el ámbito ...

  5. En términos legales, la mala fe se refiere a una actitud o conducta deshonesta, maliciosa o engañosa de una persona al llevar a cabo una acción o transacción. Implica actuar con conocimiento de que lo que se está haciendo es incorrecto o injusto, o bien con la intención de obtener una ventaja injusta o perjudicar a otra persona. La mala ...

  6. 1. f. Conjunto de creencias de una religión. 2. f. Conjunto de creencias de alguien, de un grupo o de una multitud de personas. 3. f. Confianza, buen concepto que se tiene de alguien o de algo. Tener fe en el médico.

  7. Temeridad o mala fe Se presume que ha existido temeridad o mala fe en los siguientes casos: 1. Cuando sea manifiesta la carencia de fundamento legal de la demanda, excepción, recurso, oposición o incidente, o a sabiendas se aleguen hechos contrarios a la realidad. 2. Cuando se aduzcan calidades inexistentes. 3.