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  1. El delito de secuestro es un crimen que se caracteriza por su gravedad y por las durísimas consecuencias que conlleva para las víctimas. Hablar de secuestro supone privar a una persona de forma ilegítima de su libertad.

  2. El secuestro simple en Colombia, tipificado en el artículo 168 del Código Penal Colombiano, es un delito que atenta contra la libertad individual y causa graves daños a las víctimas y sus familias.

  3. • Secuestro simple: cuando se retiene a una persona con fines distintos a los extorsivos. Por ejemplo, perjudicar a un tercero o amenazar al secuestrado para luego dejarlo libre. • Secuestro extorsivo : cuando se pide una cantidad de dinero, u otra cosa, a cambio de liberar al secuestrado.

  4. Secuestro simple. El que con propósitos distintos a los previstos en el artículo anterior, arrebate, sustraiga, retenga u oculte a una persona, incurrirá en prisión de seis (6) a veinticinco (25) años y en multa de cien (100) a doscientos (200) salarios mínimos mensuales.

  5. SECUESTRO SIMPLE – Recuperación de lo propio. PRINCIPIO DE RAZÓN SUFICIENTE – Vulneración: cuando el argumento judicial no se basta a sí mismo para justificar la conclusión. CONOCIMIENTO PARA CONDENAR – Requisitos: convencimiento más allá de toda duda razonable, no se cumple.

  6. El secuestro simple es el caso de arrebatar, sustraer retener u ocultar a una persona, pero con fines o propósitos diferentes a la extorsión.

  7. 2 de nov. de 2023 · El delito de secuestro simple es un acto criminal en el cual una persona, sin la necesidad de agravantes específicos, priva ilegalmente de la libertad a otra persona. Este delito implica retener a alguien contra su voluntad y sin su consentimiento, a menudo con el propósito de obtener un rescate, causar daño, ejercer control o ...