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  1. Asistencia y Cita. Conoce los servicios de asistencia que presta la Agencia Tributaria por los distintos canales y solicita cita. Pagar, aplazar y consultar. Realiza el pago de impuestos y deudas. Notificaciones y cotejo de documentos. Consulta las notificaciones enviadas por la Agencia Tributaria y comprueba su autenticidad.

  2. Asistente virtual de Renta. Información. Identificación electrónica. Conoce las formas de acceso para realizar trámites electrónicos: Cl@ve, número de referencia, certificado electrónico, DNI electrónico, etc. Asistencia para mayores de 65 años en pequeños municipios.

  3. sede.agenciatributaria.gob.es › Sede › irpfAgencia Tributaria: IRPF

    Novedades de IRPF. Infórmate sobre los cambios en la normativa del IRPF y las nuevas referencias del INFORMA. Mutualistas: solicitudes de devolución. Accede a toda la información y gestiones para solicitar tu devolución. Cómo tengo que presentar mi declaración.

  4. Impuestos, tasas y prestaciones patrimoniales.

  5. Agència Tributària: Inici. Informa't i realitza les teves gestions amb l'Agència Tributària. Fàcilment, amb seguretat i sense desplaçar-te. Coneixes la nostra APP-AEAT? Baixa-la. Campanya de Societats 2023. Informació i gestions disponibles. Accedeix a la campanya. Presentació de declaracions, calendari del contribuent.

  6. Aquí nos gustaría mostrarte una descripción, pero el sitio web que estás mirando no lo permite.

  7. Si lo deseas, puedes obtener información sobre la estructura y navegación en esta nueva sede en el siguiente enlace: "Estructura y navegación en la sede electrónica", que te ayudará a conocer su estructura, navegar por ella y a localizar la información y/o las gestiones que desees realizar.

  8. Accede a nuestras herramientas de asistencia virtual de IRPF, Censos, IAE, IVA, SII, Pagar, aplazar y consultar deudas, Aduanas e Impuestos Especiales y obtén información de forma inmediata. Consultas informáticas.

  9. Hace 5 días · Puedes modificar tu domicilio fiscal y debes comunicarlo a la Administración tributaria que corresponda, en el plazo de tres meses desde que se produce el cambio si no formas parte del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores, a través del modelo censal 030. No obstante, si antes de los tres meses, finaliza el plazo de presentación ...

  10. Presenta la documentación que te solicite la Agencia Tributaria o la que consideres necesaria, en relación con tu declaración de IRPF.

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