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  1. LEY 87 DE 1993. (Noviembre 29) ( Ver Decreto 1893 de 2021) "Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones" EL CONGRESO DE COLOMBIA, DECRETA: ARTÍCULO 1. Definición del control interno.

  2. LEY 87 DE 1993. (noviembre 29) Diario Oficial No. 41.120, de 29 de noviembre de 1993. Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones. Resumen de Notas de Vigencia. EL CONGRESO DE COLOMBIA, DECRETA: ARTÍCULO 1o. DEFINICIÓN DEL CONTROL INTERNO.

  3. LEY 87 DE 1993. (noviembre 29) Diario Oficial No. 41.120, de 29 de noviembre de 1993. Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones. Resumen de Notas de Vigencia. NOTAS DE VIGENCIA:

  4. Sintesis Ley 87 de 1993 | PDF | Estado (política) | Toma de decisiones. Este documento presenta un resumen de la Ley 87 de 1993, la cual establece normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del estado. La ley indica que el control interno... by diana5paola5devia5di.

  5. Ver la exposición de motivos, Ley 87 de 1993, Ve r l o s a r t s . 2 y 10, D e c r e t o N a c i o n a l 2 6 2 3 d e 2 0 0 9 , Ve r a r t . 133, L e y 1 7 5 3 d e 2 0 1 5 . D E C R E TA : A r t í c u l o 1 º . - Definición del control interno. Se entiende por control interno el sistema

  6. Hace 4 días · LEY 87 DE 1993 (NOVIEMBRE 29) Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado. FONTS TERMINO DE APLICACIÓN. INFORME DE LOS FUNCIONARIOS DEL CONTROL INTERNO. OBJETIVOS DEL CONTROL INTERNO. RESPONSABILIDADES DEL

  7. download. LEY 87 DE 1993. (noviembre 29) Diario Oficial No. 41.120, de 29 de noviembre de 1993. Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones. Resumen de Notas de Vigencia. EL CONGRESO DE COLOMBIA, DECRETA: ARTÍCULO 1o.