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  1. La "corrupción en los negocios", es decir, el pago de sobornos entre empresas para obtener ventajas competitivas, constituye delito en España desde que la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, reformó el Código Penal. Pese a que desde entonces ha transcurrido prácticamente una década, estamos ante un delito que genera muchas dudas ...

  2. Delito de corrupción. A u t o P e n a l 6 4 6 / 2 0 2 3 A u d i e n c i a N a c i o n a l, R e c. 5 1 6 / 2 0 2 3 d e 1 8 d e d i c i e m b r e d e l 2 0 2 3. Orden: Penal. Tribunal: Audiencia Nacional. Ponente: ANA VICTORIA REVUELTA IGLESIAS. Nº de sentencia: 646/2023. Nº de recurso: 516/2023... e l r e c u r r e n t e, q u e e l a u t o a ...

  3. 4 de oct. de 2023 · Este tipo de delito se describe en el artículo 286 del Código Penal. Específicamente, la ley condena cualquier conducta de corrupción basada en ofrecer ventajas inapropiadas a un funcionario o autoridad internacional para que ejecute u omita una acción relacionada con sus funciones públicas.

  4. 15 de feb. de 2022 · Los delitos de corrupción en los negocios se regulan en los artículos 286 bis a 286 quater, en la Sección 4 del Capítulo XI del Código Penal (De los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores), dentro del Título XIII ( Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico ).

  5. 15 de sept. de 2012 · El delito de corrupción privada se regula en el art. 286 bis CP -EDL 1995/16398- y se ubica sistemáticamente en el Título XIII, relativo a los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico y en el capítulo XI, sección 3ª, destinado a los delitos relativos al mercado y los consumidores. Según la Exposición de Motivos de la Ley ...

  6. 23 de oct. de 2018 · El delito de corrupción en el ámbito privado (art. 241-A) es de acción pública, es decir, que la persecución de dicho delito se encontrará a cargo del Ministerio Público, el cual podrá intervenir de oficio o a partir de la denuncia interpuesta por cualquier persona.

  7. Page 101. I Consideraciones generales sobre la corrupción privada. Desde la reforma del Código penal del año 2010 que introduce el art. 286 bis los pagos de corrupción en las relaciones comerciales son punibles 1.El delito de corrupción privada nace para hacer frente a conductas como el cobro de comisiones ocultas, una práctica bastante extendida en el ámbito de los negocios.