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  1. Empleadores - Gob

  2. El certificado de cumplimiento de obligaciones patronales lo puede obtener a través de la página web del IESS, ingresando a la opción EMPLEADOR / CERTIFICADO DE OBLIGACIONES PATRONALES. Estos certificados poseen el código de seguridad "QR" que reemplaza la firma de responsabilidad de los funcionarios del IESS; por lo tanto no requiere ...

  3. Ley de Seguridad Social - Art(s). 88. Art. 88.- CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES PATRONALES.- Para que el empleador pueda hacer uso de los derechos que el Código del Trabajo le confiere respecto de sus trabajadores, deberá probar mediante certificación del IESS que no se halla en mora en el pago de sus obligaciones patronales.

  4. El empleador dará aviso al IESS de la modificación del sueldo o salario, la enfermedad, la separación del trabajador, u otra novedad relevante para la historia laboral del asegurado, dentro del término de tres (3) días posteriores a la ocurrencia del hecho (Art. 73 de la Ley de Seguridad Social). Avisos de entrada y salida.

  5. Registro Patronal en el Sistema de Historia Laboral: (solicitud de clave para Empleador) Ingresar a la página web del IESS www.iess.gob.ec. Escoger la opción empleador-registro nuevo empleador. Ingresar el número de RUC o cédula de ciudadanía y escoger el sector al que pertenece (privado, público o doméstico).

  6. El empleador dará aviso al IESS de la modificación del sueldo o salario, la enfermedad, la separación del trabajador, u otra novedad relevante para la historia laboral del asegurado, dentro del término de tres (3) días posteriores a la ocurrencia del hecho (Art. 73 de la Ley de Seguridad Social). Avisos de entrada y salida.

  7. Solicitud para empleador: Presente la solicitud dirigida al IESS, la cual contará con la siguiente información: - Datos del empleador: (Nombres y apellidos/Número de cédula de identidad o código de identificación para extranjeros. - Ruc, sucursal, razón social - Petición expuesta con claridad