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  1. Cambios en mi suministro eléctrico. Si necesitas pedir un aumento de potencia que está dentro de los derechos de potencia máxima autorizada, puedes realizar esta gestión directamente a través de tu comercializadora. Pero si necesitas realizar alguna modificación del suministro de energía eléctrica, puedes gestionar la solicitud mediante ...

  2. Las instalaciones de autoconsumo de hasta 15kW en suelo urbano o en la modalidad sin excedentes, no tienen que solicitar acceso y conexión a la distribuidora. No obstante, si la instalación va a realizar autoconsumo colectivo, también resulta necesario abrir un expediente aunque no se tenga que analizar la capacidad de acceso (resulta necesario tenerlas identificadas y conocer los ...

  3. Se componen de: Derechos de extensión: 17,37€/kW. Derechos de acceso: 19,70€/kW. El expediente de acometida es el proceso a través del cual se gestiona la instalación de un punto de suministro eléctrico en un inmueble. La acometida es el punto de unión entre la red eléctrica y el suministro que obtendrá el inmueble.

  4. Realiza el seguimiento de tu reclamación en Iberdrola. Necesitarás tu documento identificativo y el número de la reclamación para saber en qué punto está. Castellano Castellano. Castellano; Euskara; ... Abierta. Su reclamación se registra en nuestro sistema y está lista para empezar a gestionarse.

  5. Las gestiones pueden hacerse desde GEA Iberdrola son las siguientes: Consultación de información de interés y manuales. Recibimiento de alertas, anuncios y avisos. Comprobación y seguimientos de expedientes. Descarga y adjuntación de la documentación. Dar de alta solicitudes de acceso y conexión. Dar de alta expedientes de acometidas.

  6. Descubre en esta página las principales funcionalidades del Área Privada de i-DE y conoce cómo acceder a los datos más relevantes de tu contador inteligente.

  7. En otros casos, tendremos que ir al punto de suministro y realizar alguna actuación física sobre tu contador. En i-DE, realizamos el 98% de las modificaciones en menos de 3 días, siendo el plazo legal para los suministros con una potencia contratada de <15 kW de 5 días hábiles.