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  1. Hace 2 días · Una persona jurídica es una figura jurídica que tiene derechos y obligaciones, pero que no es un ciudadano. Se clasifica en personas jurídicas de derecho público y de derecho privado, y se pueden encontrar en diferentes ámbitos como el comercio, el Estado o la sociedad civil.

  2. Hace 3 días · Cuando una empresa tiene PERSONALIDAD JURÍDICA PROPIA, asume todos los derechos y obligaciones como si fuera una persona nueva. Según estemos ante empresas con personalidad jurídica o no, tenemos dos grandes tipos de empresas: la empresa individual (autónomos) y las sociedades mercantiles.

  3. Hace 1 día · La terminología jurídica tiene raíces profundas en el derecho romano y se ha venido perfilando a lo largo de la Edad Media, el Renacimiento, la Ilustración y el constitucionalismo, hasta llegar a las fuertes influencias actuales del derecho de la Unión Europea. Pero lo específico de la variedad jurídica no se reduce a su terminología.

  4. 15 de may. de 2024 · LA PERSONA JURÍDICA. 1. Desde el punto de vista jurídico entendemos como persona: Como un ser capaz de ser titular de derechos y obligaciones. 2. El Código civil enuncia tres tipos de personas jurídicas. 3. Las asociaciones se regulan a nivel del Estado por la Ley Orgánica 1/2002 reguladora del Derecho de Asociación. 4.

  5. Hace 5 días · 1. El empresario individual (autónomo), es una persona física que inicia una actividad en nombre propio. 2. Las sociedades mercantiles, en las que varias personas se unen para formar una nueva empresa que tiene personalidad jurídica. El contrato debe hacerse ante notario e inscribirse en el registro mercantil.

  6. 16 de may. de 2024 · Clasificación. Art. 145 C.C. y C.: “Las personas jurídicas son públicas o privadas. Comienzo de la Existencia. Art. 142 C.C. y C.: La existencia de la persona jurídica privada comienza desde su constitución. No necesita autorización legal para funcionar, excepto disposición legal en contrario.

  7. 16 de may. de 2024 · En la sentencia del TS del 8 de abril, la primera de las cuestiones que se plantea es si la persona jurídica puede ser condenada como partícipe del delito cometido por un tercero. Uno de los recurrentes en casación argumentó que el artículo 31 bis exige que el directivo o empleado que actúa por cuenta de la empresa sea autor principal del delito.