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  1. El artículo 99 regula el procedimiento para la elección del Presidente del Gobierno en España. Explica los pasos que se siguen desde la consulta del Rey con los partidos políticos hasta la votación del Congreso de los Diputados.

  2. El artículo 99 regula el procedimiento de investidura del Presidente del Gobierno tras las elecciones o en otros casos constitucionales. Establece los requisitos, los pasos y los plazos para obtener la confianza del Congreso de los Diputados.

  3. 1. Los actos del Rey serán refrendados por el Presidente del Gobierno y, en su caso, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del Presidente del Gobierno, y la disolución prevista en el artículo 99, serán refrendados por el Presidente del Congreso. 2. De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden.

  4. El artículo 99 regula la proposición y el voto de confianza del candidato a la Presidencia del Gobierno. Consulta el texto completo, el título y los artículos relacionados con el Gobierno y la Administración.

  5. Artículo 97 El Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la función ejecutiva y la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes.

  6. El art. 99 CE regula el procedimiento de nombramiento del Presidente del Gobierno por la confianza parlamentaria, enmarcándose en el proceso racionalizador del parlamentarismo. Conoce su historia, sus antecedentes, su elaboración y su texto completo.

  7. Artículo 99. 1. Después de cada renovación del Congreso de los Diputados, y en los demás supuestos constitucionales en que así proceda, el Rey, previa consulta con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria, y a través del Presidente del Congreso, propondrá un candidato a la Presidencia del Gobierno. 2.