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  1. El homicidio es un delito contra la vida consistente en la acción de matar a otra persona, regulado en el título I del libro II del Código Penal. Ideas clave. Se trata de un delito contra la vida en el que el bien jurídico protegido es la vida humana independiente. No es delito el suicidio, aunque sí lo es la inducción al suicidio.

  2. Homicidio. [DP] Hecho delictivo consistente en acabar con la vida de otra persona. Puede ser cometido por acción (realizar activamente el hecho delictivo) u omisión (no evitar la muerte de otra persona estando obligado a ello por ley o contrato) o no llegar a consumarse, realizándose en grado de tentativa.

  3. El homicidio es un delito contra la vida, donde una persona causa la muerte de otra. Se diferencia del delito de lesiones porque en el homicidio hay una intención de matar. Existen dos tipos de homicidio: doloso, cuando se comete con intención de matar; e imprudente, cuando se produce por negligencia.

  4. 8 de jul. de 2008 · El Código Penal define en un sentido amplio el término homicidio como delito contra la vida humana independiente al incluir la regulación legal del homicidio en el titulo I, bajo esta rubrica abarcando la misma diversos delitos tales como el homicidio, el asesinato y participación en el suicidio.

  5. 1 Penas del delito de homicidio. 2 Responsabilidad civil del homicidio. 3 El bien jurídico protegido del delito de homicidio. 4 Justificación del homicidio. 5 La culpabilidad en el homicidio. 6 El dolo en el homicidio: el ánimus necandi. 7 El homicidio imprudente. 8 El homicidio en grado de tentativa. 9 Ejecución del homicidio.

  6. Los delitos que protegen la vida humana independiente se recogen ahora (CP 1995) en el Título I “el homicidio y sus formas”. Los cambios introducidos por el CP 1995 en esta materia son básicamente dos: Las desaparición de los delitos de infanticidio y parricidio como tales figuras delictivas.

  7. 4 de jul. de 2023 · El delito de homicidio consiste en matar, en quitarle la vida a una persona. El sujeto activo puede ser cualquier individuo, mientras que el sujeto pasivo es la “otra persona viva”. El Código Penal español establece dos tipos de homicidios: doloso e imprudente.