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  1. por la que se aprueba el modelo 390 de declaración-resumen anual del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el anexo I de la Orden EHA/1274/2007, de 26 de abril, por la que se aprueban los modelos 036 de Declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores y 037 Declaración censal ...

  2. Gestiones IVA. Índice: Modelo 303. IVA. Autoliquidación. Modelo 308. IVA. Régimen Especial del Recargo Equivalencia, artículo 30 bis del Reglamento del IVA y sujetos pasivos ocasionales. Solicitud de devolución.

  3. La Agencia Tributaria ha incorporado en su página web el servicio «Ayuda cumplimentación modelo 390 básico para autónomos», que le ayuda a determinar los importes y otra información a consignar en las casillas del modelo 390, siempre que tribute exclusivamente a la Administración del Estado.

  4. Se incorporan al modelo 390 del ejercicio 2023 las casillas 663 y 664 para declarar las operaciones sujetas al recargo del 0% y las casillas 665 y 666 para declarar las operaciones sujetas al recargo del 0,62%.

  5. Puedes presentar el modelo 390 de IVA de forma telemática en la Sede Electrónica de Hacienda con certificado digital. A la hora de rellenar el modelo 390, una correcta cumplimentación de las liquidaciones trimestrales del modelo 303 te facilitará la labor.

  6. Modelo 390. Con objeto de adaptar el modelo 390 a los cambios introducidos por el artículo décimo del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, se suprime la casilla 112, se da nueva denominación a las casillas 103 y 110 y se crean las casillas 125, 126, 127 y 128.

  7. Impuestos, tasas y prestaciones patrimoniales.