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  1. El delito de daños es el que se comete cuando, por dolo o imprudencia, se provoca un deterioro o menoscabo en un bien ajeno produciendo con ello un perjuicio económico, y siempre que los daños provocados no sean constitutivos de otra conducta que reciba una regulación más específica en el Código Penal. Ideas clave.

  2. 25 de sept. de 2021 · Tipo básico del delito de daños según el código penal. El que causare daños en propiedad ajena no comprendidos en otros títulos de este Código, será castigado con multa de 6 a 24 meses, atendidas la condición económica de la víctima y la cuantía del daño ( art. 263.1 Código Penal).

  3. 1. m. Efecto de dañar. 2. m. Am. Maleficio, mal de ojo. 3. m. pl. Der. Delito consistente en causar daños de manera deliberada en la propiedad ajena.

  4. Se entiende por daños y perjuicios toda lesión con efectos económicos o menoscabo provocado a otra persona como consecuencia de una acción u omisión dolosa o culpable y que, como tal, es generadora de responsabilidad civil o penal. Los daños y perjuicios dan lugar a la acción de resarcimiento por daños y perjuicios.

  5. 29 de feb. de 2024 · 02/03/2022 - Arturo González Pascual. El delito de daños es una infracción penal que consiste en el menoscabo o destrucción de una cosa física ajena, disminuyendo su valor patrimonial económico. La pena de este delito varía en función del valor de la cosa dañada.

  6. En Derecho Civil, “daño” es el detrimento, el perjuicio o el menoscabo que una persona sufre a consecuencia de la acción u omisión de otra, y que afecta a sus bienes, sus derechos o sus intereses, 3 y la sección que se ocupa de la regulación de los daños y perjuicios son los sistemas de responsabilidad civil.

  7. daño. nombre masculino. 1 perjuicio mal * detrimento menoscabo agravio * deterioro * desperfecto bien beneficio mejora. Todos estos sinónimos están próximos al significado de daño por sus efectos directos o físicos: la bomba ha provocado daños irreparables en la estructura del edificio.

  8. Daño en el derecho. Para el derecho, el daño es un perjuicio que sufre una persona o su patrimonio por culpa de otro sujeto. El daño, por lo tanto, supone un detrimento en los derechos, bienes o intereses de un individuo como consecuencia de la acción u omisión de otro.

  9. Actualizado el 1 abril 2020. Reproducir. El daño es el perjuicio o menoscabo que sufre el patrimonio o los intereses de un agente económico. Esto, por acción u omisión de otra persona (natural o jurídica). En otras palabras, pueden resultar dañados los bienes, los derechos o los planes de un individuo o empresa.

  10. En conclusión, el delito de daños es una figura jurídica que busca proteger la propiedad de las personas y sancionar a aquellos que causen daño o perjuicio de manera intencional o negligente. Este delito se encuentra tipificado en el Código Penal y puede ser cometido tanto por personas físicas como jurídicas.