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  1. La expresión derecho de pernada (en latín vulgar medieval, ius primae noctis, ‘derecho de la primera noche’) se refiere a un presunto derecho que otorgaba a los señores feudales la potestad de mantener relaciones sexuales con cualquier doncella sierva de su feudo que fuera a contraer matrimonio con uno de sus siervos.

  2. 16 de feb. de 2020 · Ante la ausencia de pruebas documentales claras, cabe deducir que el derecho de pernada fue un mito, al menos como institución o práctica social. En cambio, es innegable que existió de manera ficticia en las mentes de las gentes de la Edad Media, como las leyendas urbanas de nuestro tiempo.

  3. 19 de oct. de 2023 · Ante la ausencia de pruebas documentales claras, cabe deducir que el derecho de pernada fue un mito, al menos como institución o práctica social. En cambio, es innegable que existió de manera ficticia en las mentes de las gentes de la Edad Media, como las leyendas urbanas de nuestro tiempo.

  4. El origen del derecho de pernada se remonta a la Edad Media, cuando el feudalismo era el sistema social predominante en Europa. En este sistema, existía una estructura jerárquica en la que los señores feudales tenían el control absoluto sobre las tierras y las personas que vivían en ellas.

  5. 20 de nov. de 2014 · El término Derecho de Pernada se refiere no ya a una prebenda legal, sino a una práctica histórica de abuso sexual sobre la servidumbre. Es una realidad que, por mucha ignominia que pueda causarnos, pervive en el mundo actual, y no se circunscribe exclusivamente al poderoso hacendado o cacique.

  6. 16 de feb. de 2024 · En la Edad Media, el 'ius primae noctis', o derecho de la primera noche, fue el hombre del saco de los campesinos y sus esposas. ¿Qué hay de mito y de realidad en ese abuso?

  7. 7 de ene. de 2018 · Derecho de pernada. La expresión derecho de pernada (en latín Ius primae noctis, «derecho de la primera noche») se refiere a un presunto privilegio o derecho feudal por el que los nobles tenían potestad de pasar la noche de bodas con la mujer de sus vasallos, y que el esposo podía evitar mediante pago si el señor consentía.