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  1. Plenos poderes. competencia legislativa. V. Decreto -ley. 1) En derecho internacional público, habilitación para negociar y concertar un tratado por cuenta de un estado. 2) concentración de todos los poderes en el jefe de estado por ley especial o circunstancias excepcionales de hecho.

  2. Int. púb. Documento, también conocido como plenipotencia, que emana de la autoridad competente de un sujeto de derecho internacional por el que se designa a una o varias personas para representarlo en actos con implicaciones jurídicas internacionales (conclusión de un tratado, notificaciones de sucesión u otras relacionadas con el proceso suceso...

  3. depositados en poder del Secretario General. Para alentar una mayor participación en los tratados multilaterales depositados en su poder, el Secretario General ha estado invitando a los Estados a participar en las ceremonias anuales de firma o ratificación de tratados desde que se puso en marcha la iniciativa en 2000. Además de las funciones de

  4. Plenos poderes puede referirse a: Los poderes diplomáticos de un plenipotenciario (Jus legationis). [1] Los poderes excepcionales que se conceden a un gobernante, habitualmente mediante leyes de plenos poderes: [2] Ley austro-húngara de plenos poderes, de 14 de julio de 1917. [3]

  5. Plenos Poderes. Yo, [nombre y título del Jefe del Estado, el Jefe del Gobierno o el Ministro de Relaciones Exteriores], AUTORIZO POR EL PRESENTE INSTRUMENTO A [nombre completo y título] a representar al Gobierno de [nombre del Estado] en la Conferencia diplomática sobre la conclusión de un tratado que facilite a las personas con ...

  6. PLENOS PODERES _____ YO, [nombre del Jefe de Estado, el Jefe de Gobierno o el Ministro de Relaciones Exteriores], POR EL PRESENTE AUTORIZO A [nombre y título] a [firmar *, ratificar, denunciar, formular la siguiente declaración respecto de, etc.] el/la [título y fecha del tratado, convención ...

  7. se entiende por "plenos poderes" un documento que emana de la autoridad competente de un Estado y por el que se designa a una o varias personas para representar al Estado en la negociación, la adopción o la autenticación del texto de un tratado, para expresar el consentimiento del Estado en obligarse por un tratado, o para ejecutar cualquier otr...