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  1. El derecho a la vida privada de las personas de la comunidad LGBTI no puede limitarse al autorreconocimiento, sino que debe garantizar sus derechos a elegir a sus parejas de vida, a institucionalizar sus uniones y a formar familias.

  2. 4 de dic. de 2019 · De esta manera, surge el derecho a la privacidad, a la vida privada o a la intimidad como un derecho humano fundamental, gracias al cual se tiene la facultad de excluir o proteger de los demás ciertos aspectos de la vida. Este derecho incluye: El derecho a la inviolabilidad del domicilio.

  3. Derecho al respeto de la vida privada y familiar . Actualizada el 31 de diciembre de 2018

  4. La estructura constitucional del derecho a la intimidad está consti-tuida, primero de todo, por el art. 18 que es toda una novedad en nues-tra historia constitucional. En su apartado 1.o «se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen».

  5. Veamos cómo el Tribunal Europeo interpreta el art. 8 CEDH que protege la vida privada y familiar, el domicilio y la correspondencia

  6. La libertad individual es el valor constitutivo de cada persona, fundamento de sus deberes y derechos, conforme al cual cada persona puede decidir autónomamente sobre las cuestiones esenciales de su vida.

  7. Fundamentales otorga al respeto a la vida privada personal y familiar, que engloba el derecho a la mutua compañía entre padres e hijos. En el modelo español la protección de la familia