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  1. Los requisitos para contraer matrimonio, según los artículos 45, 46, 47 y 48 del Código Civil, son los siguientes: Ser mayor de edad o emancipado. No estar casados. De haber estado casado algún miembro, será preciso acreditar el divorcio. Si algún contrayente estuviera afectado por deficiencias o anomalías psíquicas se exigirá dictamen ...

  2. Estado civil El Registro Civil. Advertenc ia: El Ministerio de Justicia recuerda que de conformidad con el artículo primero de la Ley 25/1986, de 24 de diciembre, de Supresión de las Tasas Judiciales, las actuaciones del Registro Civil son gratuitas, y sus certificaciones pueden obtenerse directamente por los ciudadanos sin coste alguno y sin que estén sometidas al pago de ninguna tasa o ...

  3. Estado de mi solicitud. En los casos en los que esté disponible, puede consultar el estado de su tramitación en cualquier momento. Puede realizar esta acción en los siguientes trámites: Formulario de acceso al Archivo de la Comisión General de Codificación.

  4. Para la confección del acta de matrimonio en ESTADO DE MÉXICO, se requiere que los contrayentes se realicen un control médico, también que presenten sus actas de nacimiento y sus documentos, y que acudan al registro civil con testigos para consumar el matrimonio de manera legal. Posteriormente a esto los contrayentes obtendrán su libreta y ...

  5. En este contexto, el matrimonio se ha configurado como una institución, pero también como una relación jurídica que tan sólo ha podido establecerse entre personas de distinto sexo; de hecho, en tal diferencia de sexo se ha encontrado tradicionalmente uno de los fundamentos del reconocimiento de la institución por el derecho del Estado y por el derecho canónico.

  6. MATRIMONIO DE ESTADO. MATRIMONIO DE AMOR. MATRIMONIO DE ESTADO. La vida de Alonso XII, su reinado, y sobre todo, la problemática de sus matrimonios, son hechos tratados magistralmente en esta biografía histórica.La biografía necesita del dato histórico fidedigno, y ésta necesita de la agilidad periodística.

  7. de hijos, adopción, matrimonio, sociedad de convivencia, divorcio administrativo, divorcio notarial, defunción de los mexicanos y extranjeros residentes o de tránsito en el Estado, así como inscribir las ejecutorias que declaren la ausencia, la presunción de muerte, el divorcio judicial, la nulidad de matrimonio, disolución de