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  1. fallo. 1. Proc. Pronunciamiento sobre las pretensiones de las partes, en su caso, la cantidad objeto de condena y el pronunciamiento sobre las costas. LEC, art. 209.4. sentencia. 2. Proc. Parte final y decisoria de la sentencia.

  2. Forma verbal [ editar] 1. Tercera persona del singular (ella, él, ello; usted, 2.ª persona ) del pretérito perfecto simple de indicativo de fallar.

  3. Falló lleva tilde. Razón: Las palabras agudas acabadas en 'n', 's' o vocal llevan tilde.

  4. Plural. fallo. fallos. 1 Derecho. Acto procesal proveniente de un tribunal, mediante el cual resuelve las peticiones de las partes, o autoriza u ordena el cumplimiento de determinadas medidas. Relacionados: condena, sentencia, veredicto. 2. Decisión tomada por alguien capacitado para hacerlo.

  5. Conjugación verbo fallar en español, ver modelos de conjugación español, verbos irregulares, verbos con doble participio en español. Definición y traducción en contexto de fallar.

  6. traducir fallo: verdict, decision, error, mistake, fault, error, failing, miss, lapse, judgement, judgment, ruling…. Más información en el diccionario español ...

  7. El término "fallo" se refiere a la decisión final emitida por un juez o tribunal en un caso legal. Es el resultado de un proceso judicial en el que se determina la culpabilidad o inocencia de una persona, así como las consecuencias legales que se le imponen. El fallo puede incluir la absolución, condena, indemnización u otras medidas legales pertinentes al caso en cuestión.