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Si quieres hacer testamento, es importante que conozcas las partes en las que se divide una herencia, qué es la herencia legítima, cómo se calcula, o si se puede renunciar a ella o no. En este artículo, aclaramos todas tus dudas.
1 de feb. de 2024 · La legítima hereditaria es la parte de la herencia que corresponde por ley a los herederos forzosos, como hijos, descendientes o viudos. Se puede ser global o estricta, y se divide en tercios de libre disposición, de mejora y de legítima.
La legítima de una herencia, como se explica en el Código Civil, es la porción de bienes de la herencia que se encuentra reservada por la ley a determinados herederos, llamados por esto herederos forzosos.
La legítima es la parte de la herencia que corresponde por ley a los herederos forzosos, que son los hijos, descendientes, padres y ascendientes. El testador puede disponer libremente de un tercio de la herencia, mientras que el resto se divide en dos tercios: uno para los legitimarios y otro para mejorar a algunos de ellos.
En una herencia, se denomina la legítima a la porción o parte de bienes que reserva la ley para los herederos forzosos, por lo que el testador no puede disponer de ella. El artículo 806 del Código Civil dispone:
La herencia legítima es la porción de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, por estar reservada a los herederos forzosos, es decir, a los descendientes, ascendientes y cónyuge de la persona fallecida, en este mismo orden de prioridad.
La legítima es el derecho de una persona a heredar un mínimo de sus padres, de su cónyuge, e incluso de sus abuelos, bisabuelos, nietos y bisnietos. Salvo en las Comunidades Autónomas con derechos forales, se regulan en el Código Civil: Libro III: Título III: Cap. II.