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  1. 13 de jun. de 2024 · El Consejo General del Poder Judicial es un órgano constitucional, colegiado, autónomo, integrado por jueces y otros juristas, que ejerce funciones de gobierno del Poder Judicial con la finalidad de garantizar la independencia de los jueces en el ejercicio de la función judicial frente a todos.

  2. El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) es el órgano de gobierno del Poder Judicial de España. [4] Sus funciones son de naturaleza administrativa-gubernativa y de régimen interior del Poder Judicial. El Consejo se encarga de velar por la garantía de la independencia de los jueces y magistrados frente a los demás poderes del ...

  3. A través de esta web, se facilitan gratuitamente a la ciudadanía las sentencias y otras resoluciones del Tribunal Supremo, Audiencia Nacional, Tribunales Superiores de Justicia y Audiencias Provinciales. Estos contenidos se encuentran disponibles a través del buscador de jurisprudencia.

  4. Las resoluciones que componen esta base de datos se difunden a efectos de conocimiento y consulta de los criterios de decisión de los Tribunales, en cumplimiento de la competencia otorgada al Consejo General del Poder Judicial por el art. 560.1.10º de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

  5. Consejo General del Poder Judicial. EL Artículo 122 de la Constitución española de 1978 establece, que el Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno de los jueces y magistrados. Estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un periodo de cinco años.

  6. 26 de jun. de 2024 · El PP y el PSOE han alcanzado este martes un acuerdo para renovar los 20 vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), un pacto que ha puesto fin a un bloqueo de cinco años y que...

  7. 11 de jul. de 2024 · La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha tomado hoy conocimiento del Plan Estratégico para el decenio 2024-2033, un informe que cifra en 350 las plazas de juez/a que deberían convocarse anualmente durante los próximos diez años con el fin de poder cubrir las vacantes por jubilación, fallecimiento y renuncia que se vayan produciendo.

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