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  1. 17 de abr. de 2023 · El TC confirma la jurisprudencia del Supremo sobre el uso del domicilio conyugal cuando los hijos son mayores de edad - Confilegal. Tras esta sentencia se hace efectiva la de la Audiencia Provincial de Madrid, que establecía un mes para desalojar la que hasta ese momento había sido la vivienda familiar. Foto: Confilegal.

  2. 30 de may. de 2012 · En la solución se atiende, entre otras razones, a la interpretación literal del Código Civil (artículos 91 y 96) y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (artículo 774.4) y se fija como doctrina jurisprudencial la siguiente: en los procedimientos matrimoniales seguidos sin consenso de los cónyuges, no pueden atribuirse viviendas o ...

  3. Orden: Civil. Tribunal: AP Alicante. Ponente: CALVET BOTELLA, JULIO. Nº de sentencia: 120/2009. Nº de recurso: 1181/2008.

  4. 9 de jun. de 2017 · El Tribunal Supremo ha establecido recientemente nuevos criterios interpretativos en cuanto a la atribución del uso y disfrute del domicilio familiar, y que muy poco a poco vienen siendo acogidas tanto por los Juzgados de Primera Instancia, como por las Audiencia Provinciales.

  5. 18 de dic. de 2019 · Precisamente, en base a dicho principio — que de hecho se encuentra por encima del propio artículo 96 del Código Civil—, se debe desafectar el uso y disfrute de la vivienda que ya no tiene el carácter de domicilio familiar, de manera que se le dé a ambos progenitores —y no solo al custodio— la oportunidad de disponer de medios económicos suficie...

  6. 30 de may. de 2012 · En la solución se atiende, entre otras razones, a la interpretación literal del Código Civil (artículos 91 y 96) y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (artículo 774.4) y se fija como doctrina jurisprudencial la siguiente: en los procedimientos matrimoniales seguidos sin consenso de los cónyuges, no pueden atribuirse viviendas o ...

  7. Artículo 1320 Código Civil. "Para disponer de los derechos sobre la vivienda habitual y los muebles de uso ordinario de la familia, aunque tales derechos pertenezcan a uno sólo de los cónyuges, se requerirá el consentimiento de ambos o, en su caso, autorización judicial.