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  1. Diccionario panhispánico del español jurídico. poder. 1. Gral. Facultad de actuación reconocida por las leyes. 2. Gral. Capacidad de una persona o de un grupo de personas de llevar a cabo su voluntad incluso con la oposición de otras personas que están participando en la acción. equilibrio de poderes, potencia. Referenciado desde. ejecutivo.

  2. 1 de may. de 2018 · Poder: facultad para representar a una persona en juicio. Fuente. Oscar Montoya Pérez. Doctrina. Derecho civil. ( 0) El poder consiste en la facultad que se concede a una persona, denominada representante, para actuar en nombre y por cuenta de otra, conocida como representada.

  3. Poder. ( Derecho Civil) Prerrogativa que permite a una persona gobernar a otra persona, pública o privada ( mandatos políticos, autoridad paterna, tutela) o administrar los bienes de otra persona por cuenta de ella (dirigentes de sociedades, representación legal, judicial o contractual ). V. Función.

  4. Se inscribe el poder familiar en el seno del hogar, el tiempo se ha encargado de disminuir el tremendo carácter despótico y absoluto de que estuvo revestido en la antigüedad, cuando se integraba con el que tenía el padre sobre el hijo, el esposo sobre la mujer y el amo sobre el esclavo; en el derecho romano, el padre de familia venía a ser el propietario de ella y de su patrimonio; como ...

  5. El poder jurídico es un concepto fundamental en el ámbito del derecho, que se refiere a la autoridad y capacidad que tiene un sistema legal para establecer normas, regular conductas y resolver conflictos. Es a través del poder jurídico que se establece el marco legal y se garantizan los derechos y deberes de los individuos dentro de una sociedad.

  6. DERECHO Y PODER: EL PODER Y SUS LÍMITES. Gregorio Peces-Barba Martínez. Universidad Carlos III de Madrid. AS relaciones entre Derecho y poder constituyen un tema central para la comprensión de la cultura política y jurídica moderna, y de entre los enfoques posibles para su estudio resulta especialmente adecuada la aproximación filosófico-jurídica.

  7. Versión electrónica del Diccionario panhispánico del español jurídico -DPEJ- realizado por la Real Academia Española. Basado en definiciones escuetas enriquecidas con indicaciones de uso de cada lema o locución y con documentos extraídos de la legislación y jurisprudencia más relevantes.