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  1. Del lat. testamentum. 1. m. Declaración que de su última voluntad hace alguien, disponiendo de bienes y de asuntos que le atañen para después de su muerte. Sin.: otorgamiento, transmisión, cesión1. 2. m. Documento donde consta en forma legal la voluntad del testador.

  2. Un testamento (del latín testario mentis 'testimonio de la voluntad') es el acto jurídico por el cual una persona estipula quién o quiénes serán las personas (familiar o un tercero) que podrán disponer de todos sus bienes al momento de su muerte. No es sinónimo de hacer una dedicatoria. [ cita requerida] Descripción del concepto[editar]

  3. 11 de dic. de 2023 · La voluntad sobre la disposición de los bienes de una persona tras su fallecimiento se plasma en el testamento. A continuación vamos a ver, entre otras cosas, en qué consiste un testamento, quién puede hacerlo, qué contenido puede incluir y cuáles son las formalidades para otorgarlo.

  4. El testamento es un acto unilateral, formal y solemne, donde una persona expresa su voluntad respecto a cómo se dispondrá de sus bienes tras su muerte. Para que el testamento sea válido, se deben cumplir con varios requisitos establecidos por ley.

  5. Un testamento es un testimonio escrito que deja una persona para manifestar su última voluntad, decidiendo cómo se repartirán sus bienes una vez que muera. El término proviene del vocablo latino testamentum.

  6. Definición de testamento. El testamento, es un acto jurídico por el que una persona decide cómo se dispondrán sus bienes tras su fallecimiento. Habitualmente el contenido de este documento legal se centra en el reparto del patrimonio del testador, es decir, la herencia.

  7. Etimología - El origen de la palabra: testamento. Aparece por primera vez en nuestra lengua en los poemas de Gonzalo de Berceo (1230-1250), proveniente del latín testamentum, derivado del verbo testari ‘testar’, ‘hacer testamento’, debido a que para hacer un testamento es imprescindible la presencia de testigos*.