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  1. 1 La atribución del domicilio conyugal en caso de divorcio; 2 La atribución de la vivienda familiar sin hijos o mayores de edad; 3 La atribución domicilio: el cónyuge más necesitado de protección. 3.1 Domicilio con cotitularidad de ambos cónyuges; 3.2 El uso y disfrute de la vivienda cuando es privativo; 3.3 El cónyuge custodio

  2. 10 de jul. de 2014 · Domicilio conyugal será aquel en el que reside la familia de forma principal. De esta breve definición se pueden extraer algunos de aspectos fundamentales: El primero es que allí debe residir la familia, es decir que esta figura nace con el matrimonio y desparece con su extinción.

  3. ¿Qué es el domicilio conyugal? El domicilio conyugal es el lugar donde los cónyuges viven juntos después de la boda. Es el hogar común de ambos donde se establece la residencia habitual. El domicilio conyugal es un concepto que tiene implicaciones legales y se encuentra regulado por el derecho familiar.

  4. 5 de abr. de 2023 · El domicilio conyugal se identifica con la existencia de una relación matrimonial y el domicilio familiar suele considerarse desde la perspectiva de los hijos al margen del vínculo matrimonial. Sin embargo, el domicilio familiar objeto de protección en el CC será el domicilio conyugal que así mismo se identifica con la llamada ...

  5. Domicilio conyugal. Según dispone el artículo 70 del Código Civil, los cónyuges fijarán de común acuerdo el domicilio conyugal y, en caso de discrepancia, será el Juez quien lo determine teniendo en cuenta el interés de la familia.

  6. - "La vivienda familiar, sede del domicilio conyugal cuando este se concreta en una vivienda, queda determinada o fijada por el “común acuerdo” de los cónyuges [artículo 231-3.1 del CCC] y, en consecuencia, existe como tal desde el momento en que se produce dicho acto de destino.

  7. 17 de abr. de 2023 · El TC confirma la jurisprudencia del Supremo sobre el uso del domicilio conyugal cuando los hijos son mayores de edad - Confilegal. Tras esta sentencia se hace efectiva la de la Audiencia Provincial de Madrid, que establecía un mes para desalojar la que hasta ese momento había sido la vivienda familiar. Foto: Confilegal.