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  1. ( Derecho Civil) Conjunto de los bienes que deja una persona al morir. Es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que, formando el patrimonio del causante, se transmite al heredero al morir aquél. La transmisión se realiza por el hecho de la muerte y desde este momento, siempre que el heredero acepte la herencia.

  2. En resumen, la herencia es un término jurídico que se refiere a la transmisión de bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos. La sucesión hereditaria es el proceso legal mediante el cual se determina quiénes son los herederos y cómo se distribuirán los bienes.

  3. La herencia se engloba en el derecho hereditario o el derecho a la sucesión hereditaria. Éste es uno de los derechos más antiguos que se conoce y en todos los países está previsto en su legislación o en el derecho usual del pueblo los efectos del fallecimiento de una personas.

  4. 11 de dic. de 2023 · La herencia es el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que una persona puede transmitir a sus herederos o a sus legatarios al fallecer. Por lo tanto, la herencia está formada tanto por el patrimonio del que es titular la persona cuando fallece, como por las deudas que la misma tiene en ese momento. ¿Dónde se regula la herencia?

  5. Derecho Civil, Herencias. Una herencia es aquella masa patrimonial (bienes, derechos y obligaciones) que adquiere una persona debido a la muerte de su anterior propietario. Quien recibe algo por herencia recibe el nombre de heredero o legatario. ¿Dónde se regula la herencia en España?

  6. Título de adquisición del dominio transmitido por causa de muerte que tiene por objeto la totalidad del patrimonio del causante, que comprende los bienes materiales, los bienes inmateriales (derechos, créditos, acciones y excepciones) y el pasivo (deudas y obligaciones).

  7. La herencia, en la doctrina del Derecho, es el acto jurídico mediante el cual una persona dispone que, a su fallecimiento, se transmitan sus bienes, derechos y obligaciones (deudas) a otra (s) personas que, en conjunto, se denominan herederos (as).