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Registro Civil Cita Previa es un portal privado donde encontrará información sobre los tramites ordinarios que se realizan en los Registros Civiles de Andalucía.Tendrá a su disposición información útil sobre los horarios, las direcciones, números de teléfono, así como también, podrá solicitar cita presencial por internet ante el Registro Civil de su localidad.
www.sevilla.org. Inicio; Portal de Cita Previa de la Agencia Tributaria; Portal de Cita Previa de la Agencia Tributaria. NOTA: este trámite también puede realizarse a través del servicio 010 (955 010 010) y a través del teléfono de Atención al Contribuyente 954308926.
Dirección. El Registro Civil de Sevilla está situado en Calle Vermondo Resta, s/n, 41071, Sevilla, Sevilla. Teléfono. El teléfono del Registro Civil de Sevilla es. 955 510 052. 955 510 056. Correo electrónico. El correo electrónico del Registro Civil de Sevilla es registrocivil.sevilla@justicia.es. Horario.
25 de ago. de 2015 · La Ciudad de la Justicia de Málaga cuenta con el primer sistema de cita previa a través de internet que está instalando la Junta de Andalucía en los registros civiles de la comunidad autónoma. Gracias a esta herramienta, los ciudadanos pueden solicitar el día y la hora a la que serán atendidos en las instalaciones del Registro a través ...
A través de esta consulta se informará de todos los procedimientos judiciales en los que conste como interviniente el ciudadano a partir del 31/12/2015 y en concreto: Órgano judicial que lo está tramitando. Los datos concretos del expediente judicial: número de procedimiento, tipo de tramitación y NIG. Fecha y Fase Procesal del procedimiento.
ATENCIÓN, LEA ATENTAMENTE ANTES DE ACEPTAR UNA CITA: Si usted es Residente temporal o tiene una estancia por estudios, y tiene certificado digital se recomienda el uso de la plataforma MERCURIO para renovar.; Si usted quiere realizar una Solicitud Inicial, y tiene certificado digital se recomienda el uso de la plataforma MERCURIO; Puede descargar el Modelo oficial de solicitud.
6 de mar. de 2014 · En lo relativo a la documentación, se estará a lo dispuesto en el artículo 11 de la Orden de 29 de enero de 2014. Como regla general no será necesario acompañar documentos a la solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.3 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo.